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jueves, 1 de marzo de 2018

Las mujeres tenemos derecho a debatir y oponernos a la Ley Trans (España).


El Proyecto de ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género, en adelante Proyecto de Ley Trans, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea el día 23 de febrero de 2018, supone una vulneración sistemática de los derechos de las mujeres y de los menores. en los siguientes ámbitos: violencia de género/machista, espacios exclusivos de mujeres, ley de igualdad, cárceles y hormonación de menores.

DEFINICIONES Artículo 3. Definicionesa) Identidad sexual o de género: aquella vivencia interna y personal del género tal y como cada persona la siente y determina, que puede o no corresponder con el sexo asignado al nacer, e incluye el sentido y vivencia personal del cuerpo a través o no de modificaciones en la apariencia o funciones corporales, a través de prácticas farmacológicas o quirúrgicas, siempre desde la autodeterminación personal.

Este artículo confunde los términos sexo y género. Establece que las dos palabras significan lo mismo y esto no es la realidad.
sexo
Del lat. sexus.
1. m. Condición orgánica, masculina o femenina, de los animales y las plantas.
2. m. Conjunto de seres pertenecientes a un mismo sexo. Sexo masculino, femenino.
3. m. Órganos sexuales.
4. m. Actividad sexual. Está obsesionado con el sexo.
género
Del lat. genus, -ĕris.
1. m. Conjunto de seres que tienen uno o varios caracteres comunes.
2. m. Clase o tipo a que pertenecen personas o cosas. Ese género de bromas no me gusta.
3. m. Grupo al que pertenecen los seres humanos de cada sexo, entendido este desde un punto de vista sociocultural en lugar de exclusivamente biológico.

De esto deducimos que la diferencia entre sexo y género es que el primero incluye únicamente las características biológicas de los y las humanas y el segundo incluye factores socioculturales. Es decir, el género incluiría una serie de características comunes en forma de comportamientos que denominamos los estereotipos de género.

Podemos afirmar entonces que los sexos de la raza humana son: femenino (XX) y masculino (XY), y que éstas personas pertenecen a las categorías de mujer y hombre, respectivamente. Recordemos que la definición universal de mujer es hembra humana adulta y lo mismo para la definición de varón u hombre.
En cuanto al género, es el concepto o idea que las diferentes sociedades van desarrollando sobre las actitudes o comportamientos que normalmente realizan los hombres y las mujeres. Un ejemplo sería la idea de que los hombres han de ser proveedores en la familia, otro el de que las mujeres han de realizar las tareas del hogar. Conocidos como los estereotipos de género, son ideas preconcebidas a las que las personas estamos sometidas por el mero hecho de nacer en sociedad. Estas ideas de género limitan nuestra personalidad y nos imponen un modelo de comportamiento, según hayamos nacido con un sexo u otro. En cualquier caso, varían con el desarrollo de las sociedades (antes una mujer no podía trabajar o usar pantalones) y no pueden ser determinadas. Es decir, no podemos establecer con claridad qué significa ser del género femenino o qué significa ser del género masculino. La proposición de ley tampoco nos lo aclara.

Artículo 3. Definicionesc) Personas trans: personas cuya identidad sexual, de género y/o expresión de género  no es la que se les asignó al nacer en base a la lectura normativa (????) y restrictiva que el sistema médico-legal viene realizando al examinar los genitales con los que nacieron (pene o vulva). Su identidad, por tanto, no se corresponde con las normas y expectativas sociales asociadas con el sexo asignado al nacer, y que históricamente ha sido la causa de la discriminación hacia estas personas. Algunas personas trans deciden someterse a procedimientos médicos, como cirugías (de genitales u otras) o tratamientos hormonales, entre otros, mientras que otras personas trans deciden no someterse a ninguna intervención médica. A efectos de esta ley se entiende como un término meramente jurídico, que puede o no coincidir con los términos empleados por la persona para autodefinir su condición, tales como personas transgénero, transexuales, travestis, hombres o niños con vulva, mujeres o niñas con pene, variantes de género, queer, personas no binarias u otros.

Se vuelve a decir que sexo y género es lo mismo cuando no es así. Es decir en el nacimiento lo que se verifica es el sexo, socialmente tus padres te educaran y socializarán según tu sexo, eso es el género. De hecho, todas las mujeres feministas no nos identificamos con los estereotipos de género que el patriarcado nos impone.  No aceptamos que, por el hecho de haber nacido mujeres, es decir, con órganos sexuales femeninos, se nos imponga que tenemos que ser sumisas o vestir de rosa. Tampoco vemos justo que los hombres, por el mero hecho de serlo (sexo), tengan que asumir ser los proveedores de las familias (género). No identificarse con el género que nos impone la sociedad no significa que haya que identificarse con otro sexo, significa que hay que promover la eliminación de los estereotipos de género, la idea de que, por pertenecer a un sexo, tenemos que desarrollar unas conductas determinadas.
Una mujer que no sea femenina, no significa que sea un varón, seguirá siendo biológicamente mujer y no por ello se le debe imponer elegir un género, ¿Porque debemos seguir aceptando la idea de encajar en géneros?.

VIOLENCIA DE GÉNERO/MACHISTA.

De acuerdo con el artículo 5 del Proyecto de Ley:
Artículo 5. Derecho a la autodeterminación3. La autodeterminación de la identidad sexual no podrá ser puesta bajo cuestionamiento de manera que en ningún momento, proceso o trámite se exigirá la aportación de medios probatorios de aquella. En todo momento será considerada e interpretada de acuerdo a la manifestación de voluntad personal.


La posibilidad de que cualquier hombre (violento o no) pueda cambiar su sexo registral simplemente con una “manifestación de voluntad personal” abre la puerta a que cualquier acusado de un delito por violencia de género pueda decir que se siente mujer para ver reducida su pena de prisión. 

  • Exigimos que se incluya en la ley que juzgue a los hombres conforme al sexo registral que tenían en el momento en el que han cometido los delitos de modo que se proteja a las mujeres. Se deja sin efecto la Ley de Violencia de Género, cuya finalidad es la protección de las mujeres como colectivo oprimido en la sociedad y que en todo momento contempla la violencia a las mujeres por razón de sexo.

Ejemplo 1. Un bombero acusado de maltrato cambia de sexo durante el proceso judicial. El País. 24/03/2017. En este caso, el acusado tuvo dos hijos con su exmujer y a los 48 años y cuando ya había sido denunciado por violencia de género, decidió que se sentía mujer. Si esto se confirma, quedaría sin efecto la LOMPIVG.

Además, este artículo también supone la vulneración de los derechos de las mujeres y niñas en espacios como baños, probadores de tiendas o refugios para víctimas de violencia de género. Éste artículo abre la puerta a cualquier hombre a nuestros espacios.

ESPACIOS EXCLUSIVOS DE MUJERES:

Tales como duchas, vestuarios, baños o refugios para víctimas de violencia de género. La violencia contra las mujeres desafortunadamente, es aterradora. En España se denuncian 3 violaciones de mujeres diarias y otras formas de violencia como el acoso o abuso sexual presentan cifras escandalosas y que, además, no podemos siquiera cuantificar.
Exigimos que se garantice la seguridad en los espacios exclusivos de mujeres. De acuerdo con la redacción del artículo 7.3 del Proyecto de Ley Trans un hombre con intenciones de violar o agredir sexualmente a una mujer o a una mujer transexual podría acceder a un baño de mujeres sin ni siquiera haber obtenido un reconocimiento legal.

En el caso de los refugios para víctimas de violencia de género o de violencia sexual, el caso es similar en cuanto a que exponemos a las mujeres o niñas víctimas, al trauma de convivir con personas con genitalidad y sexo masculino.
Ejemplo 1. Mujer transgénero es acusada de voyerismo en Target, Idaho. New York Times. 14/07/2016. Se trata de una persona de 43 años que no se había registrado como mujer pero que declara que se siente mujer. Vestía como un hombre, solamente llevaba una peluca de pelo largo. Estaba tomando fotos y grabando en vídeo a una mujer de 18 años que se encontraba en un probador de una tienda de ropa.
Ejemplo 2. Depredador sexual encarcelado después de reclamar ser ‘transgénero’ para atacar a las mujeres en el refugio. USA LifeStyle. 4/3/2014 Hombre que se declaraba mujer y se coló en un refugio de mujeres víctimas de violencia machista en Toronto (Canadá) y violó a dos mujeres en 2014.

TRATAMIENTOS ESTÉTICOS GRATUITOS.
Artículo 14. Prestaciones del Sistema Nacional de Salud
1. Las siguientes prestaciones quedarán incluidas en la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud, de modo que las personas trans podrán tener acceso a: 
b) Proceso quirúrgico genital (vaginoplastia, metaidoplastia, faloplastia, histerectomía y anexectomía), feminización corporal (aumento de mamas, de glúteos, lipoescultura y abdominoplastia) y facial (rinoplastia, tiroplastia, blefaroplastia, aumento de pómulos, mentoplastia y ritidectomia), y masculinización de tórax (mastectomía) y facial.
c) Material protésico. 
d) Tratamientos que tiendan a la modulación del tono y timbre de la voz. 
e) Tratamientos quirúrgicos, preventivos y postquirúrgicos llamados a corregir estética o funcionalmente los órganos sexuales.
f) Completa cobertura de las prestaciones relacionadas con la salud sexual y reproductiva de acuerdo a sus necesidades, quedando garantizado el acceso a la reproducción asistida de toda persona con capacidad de gestar independientemente de su expresión de género e identidad sexual.

Básicamente exigen no solo que la seguridad social les cubra la hormonación de por vida, asumiendo los costes toda la ciudadanía, sino que también les tenemos que pagar ponerse siliconas en mamas y glúteos, así como cualquier cirugía estética que no es reasignación genital.
Este apartado es una verguenza no solo porque el sistema sanitario ahora mismo no cubre medicamentos para la hepatitis o audifonos, algo bastante mas necesario que una lipoescultura.
Las cirugías estéticas están justificadas en caso de accidentes o enfermedades graves para reconstruir la parte del cuerpo dañado, pero solicitar estas intervenciones desde la seguridad social, en personas sanas y sin haber sufrido una enfermedad de gravedad o accidente, es un intento de privilegios frente al resto de la ciudadanía y un gasto publico innecesario, nadie tiene porque cubrir intervenciones estéticas para seguir perpetuando roles y canones de belleza patriarcales.

HORMONACIÓN DE MENORES 


Artículo 14. Prestaciones del Sistema Nacional de Salud1. Las siguientes prestaciones quedarán incluidas en la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud, de modo que las personas trans podrán tener acceso a:
a) Tratamiento hormonal, que en el caso de los y las menores comprenderá tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, situación que se determinará utilizando datos objetivos como la medición del nivel de estradiol y testosterona, la velocidad de crecimiento o la madurez de los ovarios y las gónadas, o los datos objetivos que se consideren de acuerdo al estado de la técnica en cada momento, para evitar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios no deseados; y tratamiento hormonal cruzado de las personas menores en el momento adecuado de la pubertad para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de propiciar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios deseados.  
Artículo 16. No discriminación de personas trans en la atención sanitaria4. De conformidad con lo previsto en la normativa aplicable al consentimiento informado en el ámbito sanitario, será la propia persona menor quien otorgue el consentimiento al tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, o del tratamiento hormonal cruzado, en los casos en los que la persona sea capaz intelectual y emocionalmente de comprender el alcance de dichos tratamientos y en todo caso cuando se trate de mayores de 16 años. En caso contrario, el consentimiento lo darán las personas que ostenten la representación legal de la persona menor de 16 años, después de haber escuchado su opinión

En el artículo anterior se contempla que los menores puedan tener acceso a hormonas a partir de la pubertad (9 años) y podrán realizar intervención quirúrgica a partir de los 16. En los países donde ya se ha aprobado esta legislación, ha incrementado el número de personas que tomaron esta decisión siendo menores y que se han arrepentido cuando ya no había vuelta a atrás, lo que se conoce como des-transición, lo cual conlleva graves consecuencias físicas y psicológicas, así como esterilidad o el no disfrute pleno de la sexualidad.

Además, este Proyecto de Ley supone la creación de una industria que incluya tratamientos hormonales, cirugías y hasta tratamientos para cambios de voz que van a ser asumidos por el sistema público de salud muchas veces por menores que se convertirán en pacientes de por vida, generando importantísimos ingresos para todas las clínicas que inviertan en este negocio.

Ejemplo 1. La transición causó más problemas de los que resolvió’. The Guardian. 16/09/2017. En este caso, el ciudadano británico Elan Anthoni, ahora de 42 años y que comenzó a hormonarse siendo menor y realizó la transición a mujer con 19 años. Según su testimonio “empecé a fantasear con ser una niña porque eso me mantendría a salvo y me sacaría de mi posición hasta entonces en lo más bajo de la jerarquía masculina.”

Ejemplo 2. Verónica Gómez-Lobo: una doctora en terreno de niños trans. Paula.4/10/2017. La doctora chilena que ejerce en Washington afirma sobre la hormonación de los menores: “Tenemos que ver los resultados de lo que estamos haciendo. Estamos haciendo mucha cosa sin mucha evidencia de qué es lo que deberíamos hacer.”
los niños que a los 4, 5 o 6 años son transgénero tienen un 80% de chance de desistir cuando entran a la pubertad.”

Exigimos que se consulte a la comunidad médica y psicológica antes de proveer a los menores con hormonas que produzcan cambios irreversibles en sus cuerpos. Insistimos en que se respeten el desarrollo de las cualidades del pensamiento y la evidencia científica de que la identidad se adquiere, construye y deconstruye en 2 periodos de la vida de 0 a 6 años y en la adolescencia. Evitemos el abuso infantil.
En España, un menor no puede decidir si quiere ver o no a su progenitor maltratador ni una menor de 16 años puede abortar, ¿pero sí están capacitados como para tomar la decisión de hormonarse con 9 años y de hacerse una cirugía irreversible con 16?

EDUCACIÓN DE LAS Y LOS MENORES
Artículo 25. Medidas de formación y prevención2. Las Administraciones educativas, en colaboración con las entidades del tejido asociativo en defensa de las personas trans, adoptarán las medidas necesarias para que en los planes de formación inicial y permanente del profesorado se incluya una formación específica en materia de identidad sexual y expresión de género, así como la realidad de las personas trans con especial énfasis en las etapas de la niñez y la adolescencia, con el fin de asegurar que adquieran los conocimientos y recursos necesarios que les habiliten para: a) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre todas las personas con independencia de su identidad sexual y expresión de género. b) La detección en alguna persona integrante del alumnado de conductas que manifiesten una identidad sexual no coincidente con el sexo asignado al nacer. c) La detección precoz de algún indicador de maltrato familiar por motivo de la identidad sexual manifestada por alguna persona integrante del alumnado, especialmente sobre aquellas personas que se identifiquen como trans.

Esto quiere decir que si unos padres piensan que su hijo o hija tiene problemas psicológicos de algún tipo y que eso puede llevar a que rechace su cuerpo, no podrán consultar con un profesional a riesgo de que se considere maltrato infantil. Esto supone una vulneración de los derechos de las y los menores a recibir atención médica y psicológica especializada.
Artículo 25. Medidas de formación y prevención3. Con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre todas las personas, las Administraciones educativas velarán para que se elimine de todos los materiales educativos los contenidos que discriminen e invisibilicen a las personas trans y para que fomenten la igualdad entre hombres, mujeres y personas identificadas como no binarias.

La biología de las mujeres ha sido ignorada durante toda la historia. Gracias al movimiento feminista se ha incluido en los libros de texto lo referente a la sexualidad de las mujeres. Este artículo supone un paso atrás en la visibilización de los cuerpos de las mujeres y niega nuestros procesos biológicos. ¿Qué es una mujer y qué es un hombre? Esta ley deja sin efecto esas dos categorías porque niega la ciencia.

Es censura a la realidad biológica de las personas.

DEPORTES.
Artículo 27. Respeto al derecho a la identidad sexual en las prácticas deportivas
En los eventos y competiciones deportivas que se realicen en territorio español, por parte de entidades españolas de deporte, sea cual sea su naturaleza y nivel, tanto federado como popular, se considerará a las personas que participen atendiendo a su identidad sexual a todos los efectos, incluidas las categorías por sexo en caso de distinguirse y el uso de las instalaciones, sin que tal consideración esté condicionada a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno.

Requerimos al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al mismo Consejo Superior de Deportes que garanticen al colectivo de mujeres la no discriminación en las disciplinas deportivas. Evitando así que cualquier hombre deportista, superior físicamente, se declare mujer y acapare títulos que les corresponden a mujeres en situación de inferioridad física.

Ejemplo 1. Weatherly, quien ganó el campeonato nacional de mujeres en Wanaka el domingo pasado, montó como hombre hasta diciembre del año pasado, y luego compitió como mujer para el comienzo de la Serie Nacional de Downhill 2018 en enero. 26/02/2018
Ejemplo 2. Ciclistatransgénero se clasifica como la número 1 en la categoría femeninaen El Tour de Tucson. Tucson.com. 19/11/2016. En este caso, ésta persona se había declarado transgénero dos años antes, es decir, cuando tenía 34 años. Hasta entonces tampoco había ganado ningún tour en el ciclismo.

CÁRCELES
Artículo 29. De la identidad sexual en los centros de reclusión
1. Se reconoce el derecho a la libre autodeterminación de la identidad sexual y expresión de género de toda persona dentro de las instalaciones de los centros de reclusión y en general en cualquier entorno, institucional o no, de privación de libertad sin necesidad de presentar informe médico o psicológico que acredite la condición de trans. El internamiento en los centros o módulos se realizará respetando la identidad sexual manifestada y no atendiendo al sexo asignado al nacer, tomándose todas las medidas de seguridad que garanticen la integridad física de la persona identificada como trans.

Con fecha 9/11/2017 ha sido publicado un estudio en Reino Unido cuyas conclusiones más importantes son:
  • El 41% de los presos transgénero han sido condenados por delitos sexuales (a mujeres).
  • Este estudio y otros confirman que los presos transgéneros identificados como mujeres presentan un patrón de violencia masculina.
  • Los crímenes cometidos por los hombres identificados transgénero mujer (incluyendo los violentos y los sexuales), están siendo registrados como crímenes cometidos por mujeres, distorsionando la figura de los crímenes de las mujeres.
  • Las mujeres en prisión son una población vulnerable y los perfiles de los hombres identificados transgénero mujer suponen un serio riesgo para su seguridad, privacidad y dignidad.

Por otro lado, la Asociación Británica de Especialistas en Identidad de Género señala que hay muchas razones por las que los presos plantean declararse mujeres: “desde la oportunidad de tener viajes fuera de la prisión, hasta el deseo de un traslado al lugar donde están las mujeres, hasta la idea de que un consejo de libertad condicional percibirá a alguien que es mujer como menos peligroso”.

Exigimos a las autoridades que no pongan en riesgo la seguridad de las mujeres que actualmente se encuentran cumpliendo condena, y que no distorsionen las estadísticas de los crímenes cometidos por las mujeres, manteniendo un registro de los crímenes cometidos por las personas trans.

Somos MUJERES. Somos PERSONAS. Tenemos DERECHOS.




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